La cesta de Navidad: derecho adquirido por los trabajadores

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Llega la Navidad y muchos no pueden evitar pensar el gasto de dinero que eso implica. Y no sólo a nivel familiar, sino que para los empresarios, supone abonar las pagas extras y las famosas cajas de Navidad de sus trabajadores ??

Es por ello que muchas empresas habían decidido prescindir del regalo Navideño por no poder soportar los gastos que esta época requiere. Pero han sido sorprendidos con titulares como los que veíamos hace un par de semanas:

“El Supremo obliga a las empresas a mantener las cestas de Navidad a sus empleados”

“La sentencia del Supremo obliga ahora a las compañías a mantener estas concesiones, independiente de su situación económica, por considerar que se trata de un derecho adquirido por los trabajadores”

“Las empresas defienden que no están obligadas a mantener esta clase de retribuciones por tratarse de un acto de generosidad para con sus empleados”

Bien es cierto que después de toda la polémica que envuelve los regalos corporativos, las empresas son más precavidas y antes hubiéramos imaginado que penalizaran los regalos a los empleados a que los impusieran como obligación.

Pero según la sentencia de 21 de abril de 2016, el Tribunal Supremo estableció que cuando es una costumbre se trata de un derecho adquirido.

Lo óptimo sería que todas las empresas valoraran el trabajo que sus empleados hacen para que su negocio tenga éxito y decidieran obsequiarles con un detalle (por voluntad propia), ya que es muy importante que los trabajadores se sientan integrados y satisfechos en su lugar de trabajo. La satisfacción de los empleados se refleja en su rendimiento, llegando en grandes empresas a invertir altas sumas de dinero en incentivos para ellos, y no sólo en períodos festivos.

La cultura de incentivar a los empleados en el entorno laboral está más implantada en los países europeos que en España, pero este puede ser el primer paso para reconocer que un empleado motivado es más productivo.

¿Y vosotros, estáis de acuerdo con esta sentencia del Tribunal Supremo?

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